ARTE URBANO

¿Te pueden detener por pintar? Acá la respuesta

Graffiteros, muralistas, músicos y performers conviven con controles contradictorios y una sensación de desprotección. En Street Art Latam te contamos qué hacer si la ley aparece durante tu obra.

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El rol de las autoridades en el arte urbano (Getty Images).

Por Street Art Latam

Última actualización el 8 de enero de 2026

Hay un condimento que siempre aparece a la hora de hablar del arte urbano. Y no, no es ni la pintura ni el aerosol: es lo prohibido. La acción de transformar un espacio público en una obra de arte consiste en un sinfín de acciones que implica desafiar límites de tiempo, territorio y, por supuesto, autoridad. Es este último punto donde nos interesa hacer hincapié.

La realidad es que existe muy poca información sobre todo aquello que engloba los momentos en los que intervienen las autoridades; ¿En qué momento te pueden llevar detenido si te encuentran pintando? ¿qué hay que hacer en este tipo de situaciones? ¿Cuáles son los derechos que tienen los artistas?

¿Cuándo pueden detenerte?

Cortita y al pie: la única situación que puede llevar a que las autoridades a detener a un artista es que lo encuentren pintando sin ningún tipo de permiso. Esto es conocido como flagrancia en términos jurídicos. En ese caso, además de la detención, pueden secuestrar elementos como aerosoles y labrar un acta. Es importante saber que no tienen permiso para revisar celulares ni tampoco para obligar a eliminar el material producido.

¿Qué tengo que hacer si me paran en la calle?

El artista puede ser identificado, pero no detenido ni requisado. En caso de enfrentar un control policial, debés solicitar que te informen el motivo del llamado y pedir la identificación al oficial (nombre, dependencia y legajo). Parece obvio, pero vale la aclaración, llevar aerosoles no constituye ni un delito ni una contravención. 

Pintar con permiso: una de las claves para evitar ser detenido (Getty Images).

Secuestro de materiales

El secuestro de materiales es una de las prácticas más frecuentes y, a la vez, menos reguladas. Por eso, para que sea válido deben labrar un acta detallada con:

  • Hora, lugar y motivo del procedimiento.
  • Lista exacta de materiales incautados (cantidad, colores, herramientas).
  • Nombre y legajo del personal actuante.

Sin el acta firmada, el secuestro es ilegal. Este documento es la prueba que te permitirá luego reclamar la devolución.

Secuestro de materiales, una de las grandes preocupaciones de los artistas (Getty Images).

Tus derechos como artista urbano

Más allá de las normas locales, existe un respaldo jurídico internacional que protege la creación artística:

  • Declaración Universal de los Derechos Humanos (art. 27): derecho a participar de la vida cultural y disfrutar de las artes.
     
  • Pacto Internacional de Derechos Civiles y Políticos (art. 19): libertad de expresión sin censura previa.
     
  • Constituciones latinoamericanas:

    • Brasil: libertad de actividad artística sin censura.
       
    • Colombia: libertad de creación y búsqueda del conocimiento.
       
    • México: protección amplia a la libre expresión.
       
    • Ciudad de Buenos Aires: prohíbe la censura y reconoce explícitamente la expresión artística en el espacio público.

En muchas ciudades, además, existen leyes locales que reconocen al arte urbano como patrimonio cultural, como la Ley de Muralismo de CABA.

Estrategias legales 

Diversos colectivos, sindicatos y organizaciones de derechos humanos desarrollaron guías prácticas para artistas. Las recomendaciones más comunes incluyen:

  • No firmar actas sin aclarar “firmo en disconformidad”.
     
  • Solicitar un abogado antes de realizar cualquier declaración.
     
  • Registrar todo el procedimiento (video, foto, audio).
     
  • Acudir a organismos de derechos humanos que cuentan con experiencia en estos casos.

     
  • Presentar recursos de hábeas corpus o amparo cuando exista vulneración a la libertad de expresión

Organizaciones que ofrecen acompañamiento:

  • Frente de Artistas Ambulantes Organizados (Argentina).
     
  • CELS y Comisión Provincial por la Memoria (Argentina).
     
  • Colectivo Kompanio (Colombia).
     
  • Artículo 19 y PEN Internacional (regional e internacional).
     

Estas redes asesoran legalmente, documentan abusos y presionan por cambios normativos.

Permisos y regulaciones

Por supuesto que cada ciudad tiene sus propias reglas, lo que hace indispensable investigar antes de intervenir:

  • Ciudad de Buenos Aires: no requiere permisos; la Ley 4.121/11 establece que la actividad artística no es contravención si no implica cobro.
     
  • Bogotá: sistema de permisos gratuitos y rotativos (Decreto 552/2018).
     
  • Lima: el grafiti es legal con autorización previa (Ley 706/2007).
     
  • Ciudad de México: existen espacios designados y se exige permiso para obras de gran escala.

En general, los artistas deben evitar obstrucciones al tránsito peatonal, respetar horarios y cumplir las ordenanzas municipales específicas sobre el uso del espacio público.


La letra chica del arte callejero.

Precedentes que marcaron un cambio

A lo largo de los años se generaron hitos que moldearon políticas de arte urbano:

  • En Colombia, la muerte de un joven graffitero en 2011 impulsó la creación del programa Bogotá Distrito Graffiti, que reconoce y promueve esta práctica.

     
  • En Argentina, varias ordenanzas municipales protegen formalmente el arte callejero e impiden incautaciones arbitrarias.

     
  • A nivel regional, tribunales y organismos internacionales sostienen que la censura previa es incompatible con la libertad artística, lo que fortalece el marco de defensa para los creadores.

El arte urbano no es delito

En conclusión, aunque los artistas se enfrentan a controles policiales frecuentes, el marco legal los ampara más de lo que suele creerse. La clave está en conocer los derechospedir la identificación del personal actuante, exigir actas formalesdocumentar todo y apoyarse en las redes y organizaciones que defienden la libertad artística en la región.

Intervenir el espacio público es un acto creativo y, también, un acto de ciudadanía. La ley, desde las constituciones hasta las ordenanzas municipales, reconoce ese valor. Informarse es el primer paso para que el arte pueda seguir ocupando las calles sin miedo.

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